jueves, 5 de julio de 2007

Ensayo de eutanasia


“Eutanasia”

En el último tiempo se ha generado un gran revuelo en torno al tema de la “Eutanasia”, en donde públicamente se han dado a conocer diversos casos en relación al tema. Tal es el caso de la anciana Laura Guajardo de 84 años, quien en Noviembre del año 2006 llega al Hospital San Juan de Dios de los Andes por una herida que, dada la diabetes que la afectaba, obligó a la amputación de una de sus piernas, falleciendo el 20 de Noviembre del mismo año por una sobredosis de insulina suministrada por la técnico paramédico Ana Quiroz Rojas y la estudiante de enfermería Aileen Torrealba Farías.


Este caso ocurrido en Chile nos incita a reflexionar sobre lo que significa una “buena muerte”, si el hombre es o no dueño de su propia vida y si esto se encuentra en el marco de lo que estrictamente permite la ley y la ética profesional, que como profesionales de la salud nos concierne directamente.

La eutanasia, palabra de origen griego (de "eu", bien y "thánatos", muerte) que significa "buena muerte", es el acortamiento voluntario de la vida de quien padece una enfermedad incurable, para poner fin a sus sufrimientos.

En las prácticas de eutanasia siempre hay al menos dos personas como participantes, y dependiendo de los actos que realicen dichos participantes se considerará que tipo de eutanasia es de la que estamos hablando. La diferencia radica principalmente en como se realiza la acción para provocar el fin del enfermo.

La Eutanasia activa es el acto en que la vida del enfermo es terminada por la acción de otra persona que busca este resultado, ya sea administrando una inyección letal, una sobredosis de drogas u ocasionando un paro cardiorrespiratorio. Por el contrario la Eutanasia pasiva, la cual causa el mismo resultado, es producto de una omisión de los tratamientos que mantienen con vida al paciente. Otro de los conceptos que debemos definir es el de Suicidio asistido, el cual se diferencia de la eutanasia en que es el mismo enfermo el que realiza el acto final, pero es una tercera persona la que le ha facilitado las cosas para que así sea.

También es importante mencionar lo que se refiere a Distanasia o Encarnizamiento terapéutico, que consiste en mantener con vida a un enfermo con medidas exageradas, costosas, desproporcionadas e incluso peligrosas. Esta forma de mantener a una persona con vida a cualquier precio, a veces incluso aumentando su dolor, se contrapone a lo que es la Adistanasia, la cual se refiere a retirar los tratamientos excesivos, y por consiguiente provocar la muerte natural de la persona.

En el mundo se ha hablado bastante acerca del tema, y Chile no es la excepción. El año recién pasado ocurrió un caso en la quinta región, en donde la palabra “Eutanasia” salió a la luz. Junto con el debate de lo que esta palabra significa para la justicia, la iglesia, la ética y la moral, surge el cuestionamiento en relación a la ética profesional en lo que concierne a los funcionarios de la salud, ya que los involucrados en este caso son una Técnico Paramédico y una Estudiante de Enfermería.

Está práctica esta prohibida en nuestro país, la legislación chilena no contempla el concepto de “Eutanasia”, por lo que, frente al caso de la Sra. Laura Guajardo, según lo manifestado por el Fiscal nos encontramos con un caso más de Homicidio, el cual se define como la privación de vida de un ser humano por la acción de otro, o la acción de causar
la muerte a una persona.

Un homicidio puede ser justificable legalmente si se produjo por alguna de las causas de ausencia de responsabilidad penal, entre las que se encuentran la legítima defensa, la prevención de un delito más grave, el cumplimiento de una orden de un mando superior, o de un deber legal.

Frente a este marco en el cuál se encuentran inmersos los hechos ocurridos en Noviembre del pasado año, nos encontramos con diversas aristas. Si bien existen orientaciones religiosas y éticas que lo impiden, no es menor la cantidad de enfermos terminales que piden por el término de las largas agonías provocadas por sus enfermedades. Debido a esto, surge el concepto de Eutanasia para muchos como la forma de graficar lo que significa una “muerte digna”.

Es cierto que a muchos de nosotros, la sola idea de imaginar como nos sentiríamos al pasar años postrados por una enfermedad incurable nos hace reflexionar acerca de que será mejor para nosotros, ¿será Dios quién nos lleve en el momento indicado? o ¿somos nosotros quienes debemos tomar la decisión de terminar con nuestra vida?. Quienes ven la eutanasia como una forma válida y digna de morir se basan en la idea de que el hombre es dueño de su propia vida y que como tal tiene el derecho de ponerle fin, principalmente si esa vida consiste solo en dolor y sufrimiento sin que exista la posibilidad de alguna mejoría. Se alega también, que sólo se adelanta un final de todas maneras inevitable y que con esto no sólo se acaba una larga agonía, sino que también se da un alivio a la familia que sufre junto con el enfermo y que muchas veces debe hacerse cargo de los costosos tratamientos médicos que lo mantienen con vida.

De acuerdo al Principio de libertad moral, “Todo ser humano es agente moral autónomo y como tal debe ser respetado por todos los que mantienen posiciones morales distintas”. Lo cual podría dejar entrever que la Eutanasia estaría respetando este principio, al igual que el Principio de autonomía, el cual es uno de los máximos morales, en donde es la persona quien tiene la capacidad de darse a si mismo normas y quien debe ser respetado de acuerdo a sus decisiones y preferencias. Sin embargo tal como se dijo anteriormente, la Eutanasia implica un mínimo de dos personas que participen en la acción, lo cual no deja de estar ligado a lo que se podría considerar como “Homicidio”.

Es cierto que todo paciente debe ser respetado, y que como tal tiene derechos que deben ser cumplidos por los profesionales de la salud como lo es el derecho a la libre determinación entre las opciones que le presente el responsable médico de su caso, siendo preciso su consentimiento expreso previo a cualquier actuación, excepto en los siguientes casos: cuando la urgencia no permita demoras, cuando el no seguir tratamiento suponga un riesgo para la salud pública, cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso el derecho corresponderá a sus familiares o personas legalmente responsables. Además el usuario tendrá derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos señalados anteriormente, debiendo para ello solicitar el alta voluntaria. Por último el usuario tiene derecho a que las instituciones Sanitarias le proporcionen una asistencia técnica correcta con personal cualificado, un aprovechamiento máximo de los medios disponibles, una asistencia con los mínimos riesgos, dolor y molestias psíquicas y físicas. Sin embargo durante el análisis de este caso ocurrido en Chile en ningún momento se habla acerca de lo manifestado por la paciente frente a la determinación de suministrar 20 unidades de insulina cristalina por parte del personal de salud, ni tampoco existe un consentimiento en donde se manifieste el deseo de morir de la paciente por medio de ésta práctica o por la negación al tratamiento, la solicitud del alta o el deseo de la familia de que se pusiera fin a la vida de la Sra. Laura Guajardo.

Por otra parte como profesionales de enfermería de acuerdo a lo manifestado por el Código de ética, tenemos el deber de velar por la tranquilidad y seguridad del paciente, aliviar sus sufrimientos y cooperar con los familiares y otros para atender sus deseos. Es contrario a la ética apoyar medidas que contribuyen a acelerar la muerte, cualquiera sean las circunstancias. Lo cual indica que el argumento mencionado en el testimonio de la Técnico paramédico de que “les dio pena” y que lo hicieron “para aliviarle el dolor” no es válido para la ética profesional y constituye un delito en Chile. Ya que los que atacan la eutanasia niegan la concepción de que el hombre es dueño de su vida. La vida es un valor en sí mismo de origen divino que la persona sólo administra, no posee. Se considera que la utilización de la palabra eutanasia no es más que la forma para encubrir un homicidio o un suicidio y que la mejor solución es dar una muerte digna al enfermo mediante el alivio de su dolor en vida en espera del fallecimiento natural, por lo que la Eutanasia hace que los médicos vulneren el juramento hipocrático y hace que el Estado renuncie al deber de proteger la vida de las personas.

Como estudiante de enfermería y por ende futuro profesional de la salud, el tema de la eutanasia es uno de los tantos dilemas éticos a los cuales nos veremos enfrentados durante nuestra vida laboral. Al analizar este y muchos otros casos en donde la vida de las personas entra en juego, no es fácil separar aquello que sentimos de acuerdo a nuestros principios y valores con lo que es o no aceptado dentro de nuestra sociedad de acuerdo a la ética o de acuerdo a lo que se rige la ley.

El hecho de respetar la decisión de una persona enferma no quiere decir que provoquemos la muerte de otro ser humano. Es cierto que muchos han sido los pacientes que piden a gritos que se les de muerte argumentando que su vida de esa forma no tiene sentido, sin embargo no es otro ser humano el que tiene derecho a quitarle la vida, ya que como fuese la situación soy yo la persona que le va a provocar la muerte a otra, independiente de las intenciones con las que lo haga. En el caso de la Sra. Laura Guajardo es imposible no imaginar que seamos nosotros los que podamos estar inmiscuidos en una situación similar, ya que la presión de otro profesional o familiar podría hacernos caer y cometer lo que para la legislación chilena es un delito. La ignorancia respecto al tema podría provocar un final bastante oscuro para los profesionales de la salud, ya que el regirse por el solo hecho de que la eutanasia es una “buena muerte”, independiente a lo que se refiere la ética y la ley en chile es una manera fácil y cómoda de escudarse tras esta palabra tan manoseada en el último tiempo y olvidar que como enfermeras/os tenemos la responsabilidad de cuidar la salud de las personas, defender la vida y brindar alivio a los pacientes, manteniendo la atención hasta el deceso de éstos.

Bibliografía:

www.emol.com
www.cooperativa.cl
www.bcn.cl
Código de ética (1991), Colegio de enfermeras de Chile, Federación panamericana de profesionales de enfermería.


Carolina Pino Vega

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